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El Gobierno del corregimiento
Según la constitución, para ser representante del corregimiento, se requiere:
• Ser panameño por nacimiento o haber adquirido en forma definitiva la nacionalidad
panameña diez años antes de la fecha de la elección.
• Haber cumplido dieciocho años de edad.
• No haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de la libertad de
cinco años o más, mediante sentencia ejecutoriada, proferida por un tribunal de
justicia.
• Ser residente del corregimiento que representa, por lo menos, el año inmediata-
mente anterior a la elección.
Me aproximo al conocimiento como científico social
Les pregunto a mis familiares o vecinos sobre las funciones del representante
de mi corregimiento. Copio las respuestas en mi cuaderno y las comparto
con los compañeros de clase.
• ¿Qué problemas se observan en el corregimiento?
• ¿Cuáles de estos problemas son competencia o le corresponde resolver
al representante?
• ¿Qué actividades lleva a cabo el representante en el corregimiento?
Casa de Justicia Comunitaria
La Ley 16 del 17 de junio de 2016 crea la
justicia comunitaria de paz, que funciona a
través de una casa de justicia comunitaria,
centro de orientación y atención, donde los
habitantes del corregimiento acuden en
busca de justicia gratuita, ininterrumpida
con equidad e igualdad, sin discriminación
de raza, sexo, religión o ideas políticas.
Según lo establecido en esta ley, la casa
de justicia comunitaria está a cargo de
un juez de paz, con la colaboración de un
mediador comunitario.
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